Pareja de hecho

Reconocimiento de uniones entre personas del mismo sexo

  Anillos y franjas: Jurisdicción mixta de matrimonio
  Ley o sentencia judicial que habilita el matrimonio, pero aún no entra en vigencia
  Otro tipo de unión: uniones civiles (lista) y/o parejas de hecho
  Reconocimiento legal limitado: convivencia no registrada, tutela legal, etc.
  Franjas: Jurisdicción mixta o certificados no vinculantes
  Matrimonio celebrado en ciertas otras jurisdicciones con reconocimiento limitado, como derechos de residencia para los cónyuges
  País sujeto a sentencia judicial internacional que mandata el reconocimiento del matrimonio entre personas del mismo sexo
  Sin reconocimiento legal o prohibición de uniones del mismo sexo

Una pareja de hecho, emparejamiento doméstico o asociación libre (unión libre, unión de hecho o unión registrada) es la unión afectiva de dos personas físicas, con independencia de su sexo, a fin de convivir de forma estable, en una relación de afectividad análoga a la conyugal.

Dada la vinculación afectiva y de convivencia entre los componentes de las parejas de hecho, que en ocasiones conlleva una dependencia económica análoga a la de un matrimonio, algunos ordenamientos jurídicos se han visto en la necesidad de regularlas para evitar el desamparo de alguno de los componentes de la pareja en ciertas situaciones como muerte del otro, enfermedad, etc.


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